Carrito

12-Actividades que requieren un permiso para trabajos con riesgo

  • NOTA:
  • Salvo el trabajo urgente (esencial para la seguridad del personal, la producción o el medio ambiente).

Un permiso clase “A” puede incluir actividades de categoría “A” y “B”, siempre que estén relacionadas con la misma tarea, no sean conflictivas entre si y estén amparadas por sus correspondientes listas de verificación y certificados, estos documentos deberán estar incluidos en el permiso.

Requisitos permiso Clase B

Permisos clase B. Permisos con rectángulo azul

Se requiere permiso clase B para los trabajos que han sido evaluados con un potencial de riesgo moderado y se catalogan en el anexo 9.8, los requisitos de estos permisos son:

  • a)Solicitarlo por lo menos con 24 horas de anticipación al inicio del trabajo. Salvo en el caso de trabajo urgente no planificado que sea esencial para mantener la seguridad del personal, la producción o el medio ambiente, siempre y cuando se cumpla con el objetivo del sistema.

 

  • b)Inspección del sitio de trabajo por el operador/encargado del área (terrestres/autoridad del área (marinas) antes de la autorización del permiso, a excepción de las actividades que si se señalan en el anexo 9.8

 

  • c)Aprobación por el coordinador de permisos (personal del área de operación)

 

  • d)Validación o revalidación del operador/encargado del área (terrestre)/autoridad del área en sitio (marinas)

 

  • e)Un permiso clase B puede incluir varias actividades de categoría B, siempre que estén relacionadas con el mismo proyecto o tarea, no sean conflictivas entre si y estén amparadas por sus correspondientes listas de verificación y certificados, estos documentos deberán estar incluidos en el permiso.

  • NOTA:
  • Salvo el trabajo urgente (esencial para la seguridad del personal, la producción o el medio ambiente).

Caso de permiso categoría B que incluye varias actividades con la misma categoría

Un permiso clase “B” puede incluir varias actividades de categoría “B”, siempre que estén relacionadas con la misma tarea, no sean conflictivas entre si y estén amparadas por sus correspondientes listas de verificación y certificados, estos documentos deberán estar incluidos en el permiso.

Situaciones especiales para la autorización de trabajos con riesgo

  • 1.Retorno a condiciones normales después de situaciones meteorológicas adversas.

 

  • 2.Por cambios imprevistos del programa a las embarcaciones que proporcionan mantenimiento o presten un servicio a la operación de los centros de proceso y/o plataformas satélites o por cambios imprevistos de programas de mantenimiento a instalaciones terrestres, siempre que esté de acuerdo la autoridad de la instalación.

 

  • 3.Para estos casos, se podrán tramitar los permisos vía electrónica debidamente firmados y escaneados a la Autoridad de la Instalación, esto aplicara solo al inicio de las actividades y estando condicionado a la entrega del permiso original firmado en un plazo no mayor de 48 horas. *

Actividades que no requieren un PPTR

  • 1.Vigilancia de la producción y operación de las Instalaciones de proceso, incluyendo verificaciones rutinarias que requieren la derivación o la toma de muestras de hidrocarburos, siempre y cuando se dé aviso y estén de acuerdo el Operador/Encargado del Área (Terrestres)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas).

 

  • 2.Actividades documentadas debidamente autorizadas (procedimientos, instrucciones operativas, instructivos, etc.) ejecutadas por personal debidamente capacitado, siempre y cuando considere los controles para los riesgos correspondientes a esas actividades a desarrollar, debiendo formularse un permiso cuando el procedimiento documentado así lo indique. En estos casos deberá contarse con una copia del procedimiento en el Sitio de Trabajo.

 

  • 3.Levantamientos de isométricos (que no impliquen trabajo en altura o uso de equipo no IS), censo de equipos, información de ingenierías, etc., dando aviso y estando de acuerdo con el Operador/Encargado del Área (Terrestres)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas).

 

  • 4.Procesos que implican uso de flama abierta y/o sustancias peligrosas dentro de laboratorios y/o talleres autorizados, por personal apropiado y competente.

 

  • 5.Operación de equipo aprobado colocado o ubicado permanentemente en la instalación, que requiere una fuente de ignición o flama abierta como parte integral de su función.

 

  • 6.Uso, en áreas peligrosas, de equipos de medición, de instrumentación, eléctricos y electrónicos, clasificados como Intrínsecamente Seguros (IS), o cuyas envolventes sean a prueba de explosión (APE) apropiados para la clasificación del área.
  • 7.Uso del equipo eléctrico no intrínsecamente seguro (no-IS) en áreas no peligrosas.

 

  • 8.Trabajos diversos usando herramientas manuales y máquinas realizados en talleres autorizados, ubicados en áreas no peligrosas.

 

  • 9.Trabajos de habilitación de materiales en áreas no peligrosas evaluadas, delimitadas y previamente acordadas mediante minuta por las partes involucradas. La minuta debe contener las características que deberán observarse; tales como: cantidad de personas, equipo y herramientas autorizadas, actividades a desarrollar, delimitación del área, vías de acceso, rutas de escape, equipo de seguridad y contra incendio, equipo de primeros auxilios, medios de comunicación, y todas aquellas características que se consideren pertinentes.

 

  • 10.Actividades de localización de fallas, necesarias para regresar el sistema a su operación normal, como consecuencia de un periodo de mantenimiento o un paro no planificado. Esto puede incluir apertura y cierre controlado de válvulas, remoción de instrumentos para su calibración, soplado de relevadores neumáticos u otras actividades menores y rutinarias, siempre que el trabajo sea supervisado por el Operador/Encargado del Área (terrestres)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas) aún en los casos que el trabajo se realice por el personal de otra dependencia. Si para corregir alguna de las fallas detectadas, es necesario desarrollar actividades consideradas en el numeral 5.2.5, deberá elaborarse el permiso correspondiente.

 

  • 11.Actividades de obra civil, de pintura manual, chapodeo con herramienta manual, que no se realicen de manera directa en instalaciones eléctricas, de proceso, trabajos en altura, o en espacios confinados.

 

  • 12.Trabajos en zonas de mareas para toma de potencial catódico en ductos y piernas de plataformas siempre y cuando presenten la orden de trabajo y el procedimiento al Operador/Encargado del Área (Terrestres)/Autoridad de Área en Sitio (Marinas).

 

  • 13.Mantenimientos programados (que no afecten la disponibilidad de los equipos, líneas de proceso, válvulas etc.) en sitio, sin desmontar los equipos y que vayan acompañados con cartas de mantenimiento y/o procedimientos, siempre y cuando no se utilicen equipos tales como diferenciales, grúas, escaleras, andamios, etc. así como la colocación de aislamientos.