Carrito

11-Norma Oficial Mexicana

 

Requisitos Generales.

 

Se deben colocar las señales, avisos, colores e identificación de fluidos conducidos en tuberías conforme a lo establecido en las NOM-026-STPS-2018 y NOM-028-STPS-2012.

 

 

El llenado de los recipientes que contengan sustancias químicas peligrosas en estado líquido a presión atmosférica, debe hacerse máximo hasta el noventa por ciento de su capacidad, para lo cual se debe contar con un dispositivo de lectura del nivel de llenado.

 

 

Requisitos Generales.

Los recipientes portátiles sujetos a presión que contengan sustancias químicas peligrosas deben:

a) Contar con válvulas y manómetros; la lectura de la presión de operación en el manómetro debe estar por debajo de la presión máxima de trabajo.

b) Tener indicada la presión máxima de trabajo.

Los recipientes fijos de almacenamiento de sustancias químicas peligrosas deben contar con cimentaciones a prueba de fuego.

 

 

 

Las tuberías y recipientes fijos que contengan sustancias químicas peligrosas deben contar con sistemas que permitan interrumpir el flujo de dichas sustancias.

 

 

 

Se debe contar con zonas específicas para el almacenamiento de las sustancias químicas peligrosas.

Se deben identificar los recipientes que contengan sustancias químicas peligrosas conforme a lo establecido en la NOM-010-STPS-2014.

 

 

Requisitos Generales.

 

Los recipientes con sustancias químicas peligrosas deben permanecer cerrados mientras no estén en uso.

En las áreas donde por el tipo de actividad no exista exposición frecuente de los trabajadores a sustancias químicas peligrosas, se debe vigilar que la concentración de éstas en el medio ambiente laboral no generen una atmósfera explosiva.

Cuando un trabajador tenga que entrar a una de estas áreas, se deben tomar medidas para controlar la exposición del trabajador.