- REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD FÍSICA
IV.1. Registro e Identificación
IV.1.1. Antes de iniciar los trabajos, registrar a su personal con el Residente o Supervisor, quien gestionará el acceso de dicho personal con el área correspondiente y con el responsable de las instalaciones de Pemex y OS.
IV.1.2. Durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, todos los trabajadores del Proveedor o Contratista, deben portar una identificación que los acredite como personal de su compañía y presentarla cuando se le solicite.
IV.2. Acceso a instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios
IV.2.1. Los accesos para ingreso o salida del personal de Proveedores o Contratistas a las instalaciones deben ser a través de los sitios indicados por Pemex y OS.
IV.2.2. No ingresar a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se establece en el presente Anexo u otros anexos del contrato.
IV.2.3. No ingresar a las instalaciones o áreas de trabajo con aliento alcohólico, bajo el efecto de drogas o cualquier enervante.
IV.2.4. No introducir armas de fuego o sustancias ilícitas
IV.2.5. Cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones notificarlo al personal de vigilancia.
IV.2.6. Todos los vehículos que ingresen a una instalación deben cumplir con el Lineamientos para el control de acceso y circulación de vehículos automotores y vehículos pesados en los centros de trabajo.
IV.2.7. Al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios, usar el cinturón de seguridad.
IV.2.8. Estacionar sus vehículos en posición de salida, en áreas autorizadas, evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia, hidrantes, gabinetes con manguera contra incendio, equipo contra incendio y zonas o pasillos de circulación de personal.
IV.3. Permisos para el uso de teléfonos celulares, radios de comunicación y equipos de fotografía o video
IV.3.1. No usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones, ni equipos eléctricos o electrónicos que no sean intrínsecamente seguros.
IV.3.2. Previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos, obtener la autorización y acatar las recomendaciones que se le den al respecto.
IV.3.3. Previo al uso de equipos de fotografía o video, obtener la autorización