El uso y/o posesión de armas de fuego, armas blancas y objetos punzocortantes, en los muebles e inmuebles de la empresa o centro de trabajo, queda totalmente prohibido.
Si tiene la necesidad de usar objetos afilados para la realización de sus labores, la empresa o centro de trabajo deberá proporcionar la herramienta adecuada y el entrenamiento para su uso.